DECRETO N° 136
LA SEXAGÉSIMA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE OAXACA,
D E C R E T A :
ARTíCULO ÚNICO.- La Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, declara otorgar el reconocimiento oficial a la comunidad conocida como “SAN MARCOS XINICUESTA”, ubicada en el Municipio de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, la denominación política de NÚCLEO RURAL. Con el entendido que esta resolución sólo proporciona la denominación política, sin otros alcances legales.
Se adiciona al Decreto No. 108, aprobado el 7 de mayo de 1993, que contiene la División Territorial del Estado de Oaxaca, publicado en el Alcance al No. 20 del Periódico Oficial del Gobierno del Estado, de fecha 9 de mayo de 1994, el nombre de la comunidad denominada “SAN MARCOS XINICUESTA”, ubicada en el Municipio de San Sebastián Tecomaxtlahuaca, Distrito de Juxtlahuaca, Oaxaca, para quedar como sigue:
DISTRITO DE JUXTLAHUACA
NOMBRE DENOMINACION CATEGORÍA
POLÍTICA ADMINISTRATIVA
Del Municipio 1 al 4 . . .
5.- SAN SEBASTIAN TECOMAXTLAHUACA . . . . . .
De la comunidad primera a la decimonovena.- . . . . . .
San Marcos Xinicuesta Núcleo Rural . . .
Del Municipio 6 al 7.-. . .
T R A N S I T O R I O :
ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado y hará que se publique y se cumpla.
DADO EN EL SALÓN DE SESIONES DEL H. CONGRESO DEL ESTADO.- San Raymundo Jalpan, Centro, Oax., 31 de enero de 2008.
DIP. JOSE HUMBERTO CRUZ RAMOS
PRESIDENTE.
RÚBRICA
DIP. SILVIA ESTELA ZÁRATE GONZÁLEZ
SECRETARIA.
RÚBRICA
DIP. CRISTOBAL CARMONA MORALES
SECRETARIO.
RÚBRICA